DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA PERENCION de este procedimiento en aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en la acción intentada por la ciudadana SOLICITANTE: EDDY CLEMENTINA MATHEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.652.949, domiciliada en San Miguel, Municipio Jiménez del Estado Lara. En contra: OSCAR ANTONIO PEREZ LUNA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.436.118, domiciliado en San Miguel, Municipio Jiménez del Estado Lara. A favor de los niños: CARMEN ESTELA, EVELIN Y EDDY YELITZA.
No hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, Se.....