: DISPOSITIVA: Este Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la petición fiscal y se decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano imputado ALBERTO MANUEL RUIZ SAN JUAN, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.001.013, presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de: "SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL", previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1; "ATAQUE AL CENTINELA", previsto y sancionado en el artículo 501 numeral 2; "ULTRAJE AL CENTINELA", previsto y sancionado en el artículo 502, a título de autor, en concordada relación con los artículos 389 numeral 1 y 390 numeral 1, todos del Código Orgánico de Justica Militar; y por el Delito de "VIOLACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD", previsto y sancionado en los artículos 47, 56 y 60 de la Ley Orgánica.....