DISPOSITIVA
Por los hechos y los argumentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de DECLARATORIA DE INCOMPETENCIA formulada por la Fiscalía Militar Décima Tercera de conformidad con los artículo 71, 72 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 09 de septiembre de 2015, SEGUNDO: SE DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA donde se investiga el hecho ocurrido en el 354 Batallón de Remplazos de Policía Militar "G/J Juan Bautista Arismendi", donde se encuentra involucrado el DISTINGUIDO FRANK ANTONIO PÉREZ ALTUVE, titular de la cédula de identidad N° V-19.238.222, domiciliado en la Avenida Principal vía Sabanetica, casa N° 26, Acarigua, estado Portuguesa, quien para el momento de los hechos fuera plaza del 354 Batallón de Remplazos de Policía Militar "G/J Juan Bautista .....