Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano EVELIO RAFAEL DEVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.942.110, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO, en contra de la Sociedad Mercantil SEGURITY GOLD GROUP, C.A. y/o solidariamente los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO BELL Y DORIS ROXANA FEBRES CABELLO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 14.989.814 y 10.995.613, y en consecuencia, se condena a éstos a pagar al demandante la suma total de DIECISÉIS MIL SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON 91/100 CENTIMOS (Bs. 16.078,91), por los conceptos laborales ampliamente.....