PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por el ciudadano CARLOS GUSTAVO MONTES DE OCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-19.436.812, en contra de la ciudadana GUSNERI ROXANA RODRIGUEZ NELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-26.554.650, en relación a la disolución del vínculo matrimonial.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 14 de Diciembre del año 2015, quedando inserta el Acta bajo el Nº 230, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.