CAPÍTULO V
DISPOSITIVA
Este Tribunal Militar Segundo de Juicio Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se DECRETA el SOBRESEIMIENTO del delito de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, dispuesto en el artículo 576 numeral 3° del Código Orgánico de Justicia Militar de conformidad con el Artículo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto no se le pudo atribuir responsabilidad en la comisión del hecho punible. SEGUNDO: ABSUELVE al ciudadano Sargento Primero MARCELINO ANTONIO OSORIO OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° V- 18.678.807, acusado por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509, numeral 3°; CONTRA LAS PERSONAS Y LAS PROPIEDADES, previsto y sancionado en el artículo 573 ejusdem, por considerarlo NO CULPABLE NI RESPONSABLE penalmente, por los hechos cuya comisión les fueron imputados con motivo de la.....