DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control No 12, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Admite en todas y cada una de sus partes la acusación presentada por la representación de la Fiscalía Undécima del Ministerio Público del Estado Lara en contra del ciudadano REINALDO JOSÉ PÉREZ MOSQUERA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.245.705, nacido en fecha 22-01-1976, de 31 años de edad, natural de Carora Estado Lara, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio Antonio José de Sucre, Calle 4 con Carrera 5, Casa sin número de color rosado con manchones verdes con puertas y ventanas de color blanco, cercada con alambre de púas, hijo de Eduardo Santa Pérez y Teresa Mosquera, por el delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en .....