PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Javier Enrique Rojas Aguado, actuando en su condición de Fiscal 6° del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 8 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia celebrada en fecha 28 de Junio del 2007, mediante la cual acordó conforme al artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos: Guillermo Josué Roa Sánchez y Jean Frederick Belisario López.
SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones con CARÁCTER DE URGENCIA al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 8 de este Circuito Judicial Penal del estado Lara.
Publíquese la presente decisión. Se deja constancia que la presente decisión fue dictada dentro del lapso legal.