DECLARO: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Primer Teniente OSWALDO ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ, en su condición de Fiscal Militar Auxiliar Cuadragésimo Segundo con Competencia Nacional, en fecha 30 de marzo de 2015, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control con sede en Ciudad Bolívar, estado Bolívar, de fecha 18 de marzo de 2015 y publicada el 23 de marzo de 2015, mediante la cual desestimó el delito militar de DESOBEDIENCIA, de acuerdo al artículo 313 numeral 3, decretando el sobreseimiento del mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 1, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y CONDENÓ al imputado Sargento Segundo HERMES FRANCISCO FAJARDO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.595.181, por la presunta comisión del delito militar de ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537, con los agravantes establecidos en el artículo 402, ordinales 1°, 2.....