DISPOSITIVA
En virtud de lo arriba expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Violencia Contra la Mujer, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dispone lo siguiente: PRIMERO: Se Declara IMPROCEDENTE, la acusación formulada en contra del ciudadano OSWALDO RAFAEL MORENO LIRA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 19.139.219, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, Previsto y Sancionado en el articulo 42 Segundo Aparte y el delito de AMENAZA Previsto y Sancionado en el articulo 41 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JOSELYN NIURBELIS LUGO ROA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 25.446.321, en virtud de haber sido presentada posterior al decreto de Archivo Judicial, sin que se haya solicita.....