Este Tribunal Militar DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de flagrancia en la detención del ciudadano SOLDADO JUAN JOSE HEREDIA HEREDIA , titular de las cedula de identidad Nº V.-24.985.073, SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la petición fiscal y se decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano imputado SOLDADO JUAN JOSE HEREDIA HEREDIA , titular de las cedula de identidad Nº V.-24.985.073, plaza del Batallón de Infantería Motorizada "Tcnel. Remigio Negrón", para el momento de ocurrir el hecho, por estar incurso en la presunta comisión de los Delitos Militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el articulo 519 y sancionado 520; ABANDONO DE FUNCIONES, previsto en el articulo 534 y sancionado 537; ABUSO DE AUTORIDAD previsto en el articulo 507 y sancionado 509; y CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FUERZA ARMADA, previsto en el articulo 550 y sancionado 551 NUMERAL 3; respectivamente, A TITULO DE AUTOR, de conformidad con el articulo 390 ordinal 1, todos del Códig.....