DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Primero de Control de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, NO ACEPTA LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a la imputada Ciudadana PRIMER TENIENTE RUDANY COROMOTO PAZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.801.789, relacionada con la presunta comisión del delito militar de Naturaleza Penal Militar; y en consecuencia, se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Superior Militar, para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal.