Por cuanto en visita realizada en fecha 06-05-2011, por el Tribunal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes de la Ciudad de Carora, al Centro Penitenciario de la región Centro Occidental ubicado en el sector de Uribana, Estado Lara el ciudadano Director de dicho centro informó que el joven RESERVADO, venezolano, titular de la cédula de identidad No RESERVADO, fecha de nacimiento RESERVADO, de RESERVADO años de edad, se le concedió en fecha 18-03-2011, la libertad plena en el asunto No KP01-P-2009-00642, por el Tribunal en funciones del Juicio No 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y contra este cursa asunto por este Tribunal de Ejecución de esta Sección Penal de Adolescentes, con medida de Privación de Libertad, establecida en los artículos 620 literal f y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, .....