IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR apelación interpuesta en fecha 18.01.2011 (f. 90), por la abogada Haide Delias, actuando como apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil TERRAESTE INMOBILIARIA, C.A., contra el auto dictado por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 11.01.2011 (f. 87 al 88), el cual declaró Inadmisible la demanda de Cobro de Bolívares, interpuesta por la sociedad mercantil TERRAESTE INMOBILIARIA, C.A., contra el ciudadano JORGE JOSÉ PERDOMO, por exigir conceptos no líquidos, no exigibles y futuros, así como, por acumular pretensión principal con el Cobro de Bolívares Extrajudiciales.
.....