DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Abogados RICARDO DA SILVA ESCOBAR y DORANGE FRINE MUJICA y en consecuencia CONFIRMO la sentencia dictada por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha tres de marzo de dos mil cinco, mediante la cual condena al ciudadano ALEXANDER GARCIA URRIOLA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.463.684, a cumplir la pena de dieciséis años de presidio, mas las accesorias contempladas en el artículo 406, numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, por la comisión del delito de REBELION MILITAR, previsto en los artículos 476, numeral 1, 486, numerales 2 y 4 y sancionado en el artículo 479 en concordancia con el 487, todos del Código Orgánico de Justicia Militar y en consecuencia se ordena el traslado del ciudadano ALEXANDER GARCIA URRIOLA, para el día diez de mayo de dos mil cinco, a las 09:00 horas, a este Órgano Jurisdiccio.....