Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público Militar de Mérida en contra del ciudadano DISTINGUIDO JOSÉ YIMI SANTIAGO VILLARREAL, titular de la cédula de identidad Nº. V-19.147.316, como se señaló previamente, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del 3502 Compañía de Policía Militar "Stte. Gabriel Picón González", por la comisión del delito militar DESERCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 523 y 527 numeral 1 y sancionado en el articulo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE ADMITEN totalmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Militar 34 de Mérida, por considerar éste Tribunal Militar, que las mismas son legales, lícitas, pertinentes, conducentes y necesarias en.....