Por las razones narradas con antelación, este Juzgado Militar Quinto en Funciones de Control con sede en Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE la solicitud de Orden de Aprehensión de acuerdo a las pautas establecidas en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal penal, presentada por la ciudadana Primer Teniente ROCIO KATHERINE ARGUELLO RANGEL, en su condición de Fiscal Militar Auxiliar Décima Segunda, con competencia a nivel nacional y con sede en Maracay Edo. Aragua. SEGUNDO: SE DECRETA CON LUGAR LA ORDEN DE APREHENSION EN CONTRA DEL ciudadano SARGENTO PRIMERO JUAN OCHOA JUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.974.635, quien se encuentra incurso en la comisión del Delito Militar de DESERCION en atención a las pau.....