D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en relación con denuncia formulada por el Ciudadano José Lubin Vielma Vielma, titular de la Cedula de Identidad N°V-8.130.778, por los hechos ocurridos en la Finca Forestal Vivero II ubicada en el sector La Cadena, Vía Aeropuerto, unidad uno, Reserva Forestal de Ticoporo, donde personas desconocidas con el apoyo de presuntos miembros del Frente Bolivariano de Liberación prendieron fuego a una vivienda adyacente a la mencionada finca y denuncias formuladas por lo ciudadanos Luis Arnoldo Gil Sánchez, titular de la C.I 2.476.449 y Luis Enrique Rivera Díaz, titular de la Cedula de identidad N°V-13.831.418, de conformidad con lo previsto en el Artículo 300 Ordinal 3º, concatenado con el Artículo 49 Ordinal 8°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. R.....