DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Teniente (GN) NEIRA LEONOR MORENO PRATO, Defensora Pública Militar de la Fría, de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO ORTIZ BARRERA, titular de la Cédula de Ciudadanía Nº E-5.609.581 y JESÚS CASTRO o identificado también como FREDDY MARTÍNEZ MENDOZA, indocumentado, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en San Cristóbal, estado Táchira, en fecha 24 de marzo del año 2008, mediante el cual decretó la privación judicial preventiva de libertad de los ciudadanos antes identificados, a quien se les sigue juicio por la presunta comisión del delito de Rebelión Militar, previsto en los artículos 476, 486 ordinales 2° y 3° y sancionado en el articuló 487 del Código Orgánico de Justicia Militar, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser recurrible la decisión impugnada.