de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Tercero de Juicio en contra del penado SOLDADO ARGENIS JOSE GONZALEZ MORALES, titular de la cedula de identidad N° V- 20.944.680, a quien se le impuso una pena de NUEVE (09) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISION, más las accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, en lo que corresponde a la inhabilitación Política por el tiempo de la pena y Separación del Servicio Activo, por estar incurso en la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el primer aparte del artículo 520, ABANDONO DE SERVICIO Y FUNCIONES, previsto y sanciona.....