Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la Formal Ejecución de la Medida de Seguridad dictada en fecha 14 de Julio del 2009, por el Consejo de Guerra de San Cristóbal Accidental, mediante la cual a solicitud de la Fiscalía Militar Trigésima Quinta de Guasdualito, ORDENÓ UNA MEDIDA DE SEGURIDAD al ciudadano SARGENTO SEGUNDO CARLOS EDUARDO BOLIVAR AULAR, titular de la Cédula de Identidad No. 17.889.098, ex plaza de la Compañía de Comando del Teatro de Operaciones Nº 1 con sede en Guasdualito, con domicilio y residencia en la Urbanización Brisas de Apartaderos, Avenida 2, Casa Nº 10, Apartaderos, Estado Cojedes; de conformidad con lo establecido en el artículo 396 y el ordinal 6º del artículo 397 del Código Orgánico de Justicia Militar; en concordada relación con los artíc.....