DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Parcialmente Con Lugar la solicitud de obligación alimentaria presentada por la adolescente Maria Andrea Ocanto Rodríguez, en su nombre y en nombre de sus hermanas la adolescente Astrid Carolina y la niña Maria Gabriela, en contra del ciudadano Francisco Ocanto Rodríguez, En consecuencia, se fija la obligación alimentaria en la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,oo) mensuales, además del 50% de los gastos de médicos, medicinas, vestuario, educación, recreación, deportes entre otros que sus hijas requieran.
Regístrese y publíquese