DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad que le confiere la Ley, Decreta la Privación Judicial Preventiva, contra el ciudadano Robby Robert Rodríguez Pérez, anteriormente identificado, por la comisión del delito de: Extorsión, previsto en el artículo 461 del Código Penal venezolano, y por cuanto están dados los presupuestos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma la cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara (Uribana). Manténgase la Privación Judicial Preventiva de Libertad. Las partes quedaron notificadas en la sala de audiencia. Cúmplase. Regístrese. Publíquese.