Este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano CARLOS ALBERTO VIZCAYA CASTELLANO, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, previsto y sancionado en los artículos 4, 8, 29, 32 y 33 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por cuanto están dados los presupuestos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma la cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara. Manténganse la privación de libertad. Se acordó el PROCEDIMIENTO ORDINARIO