´Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y del Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLEin limine litis la Acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana CELESTE RODRIGUEZ PINTO,CELESTE RODRIGUEZ PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.567.751, con domicilio procesal en la Av. 17 de diciembre, Edificio Angostura, piso 1, oficina A-4, Ciudad Bolívar, estado Bolívar, teléfono celular N° 0414-3855045, correo electrónico: celestejrp70@gmail.com, actuando en su propio nombre y representación contra la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de fecha 31 de octubre de 2025, de acuerdo a lo previsto en .....