En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERENCION DE LA INSTANCIA, por cuanto que, este Tribunal dio entrada al presente asunto, y se ordenó escuchar las declaraciones de los testigos en la oportunidad en que los presente la parte interesada, en los días fijados por el tribunal, a los fines de emitir pronunciamiento sobre dicha solicitud, vencido como se encuentra el lapso, sin la comparecencia para las declaraciones de los testigos, en consecuencia, se declara la perención de la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana YOLIMAR JOSEFINA BRICEÑO LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 19.827.299.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia w.....