DECLARO: ADMISIBLE LA APELACIÓN interpuesta por la ciudadana MARIA ANTONIETA CAMPOLI PRISCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.050.676, actuando en este acto con el carácter de Presidenta de la Sociedad Mercantil "INVERSIONES SEMEZE, C.A.", asistida por los abogados GÓNZALEZ ÁLVAREZ PIO A. Y DÍAZ GONZÁLEZ LUIS ANTONIO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 4850 y 89690, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha veintisiete (27) de octubre de 2009, por el Consejo de Guerra en funciones de Juicio de Maracay del Circuito Judicial Penal Militar, con sede Maracay, estado Aragua.