PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada FANNY MARTINEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 279.091, en su carácter de apoderada judicial de la accionante NAVELY ILANA MOSCOSO VICENCIO, identificada en autos, contra la sentencia definitiva de fecha 03 de junio del año en curso dictada por el juzgador Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se anulan los autos de fecha 15 de noviembre del 2023, (cursante del folio 123 y 124 pieza N° 2), y todas las actuaciones subsiguientes a las mismas; se repone la causa al estado que el a quo al que le corresponda conocer la causa, fije el lapso para contestación de la demanda, ya que las partes están a derecho y una vencido dicho lapso, continúe con la sustanciación y decisión de la causa.
TERCERO: En virtud de la naturaleza jurídica de la decisión de autos (repositoria) no hay condenatoria en costa