DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación, ejercido por la abogada Yuleska Parejo, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra del fallo dictado en fecha 19/12/2019 por el juzgado a quo, en el juicio que por Disolución de Sociedad intentado por el de cujus Edmondo Di Luzio en contra de Enemecia Esperanza Arias, Fabiola Tang, Milvida Tang y Simón Tang, todos plenamente identificados en los autos.
Segundo: Se CONFIRMA el fallo dictado en fecha 19/12/2019 por el tribunal de la causa, con base a los razonamientos aquí expuestos.
Tercero: Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 281 del Código.....