DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados VICTOR MANUEL OCHOA y PEDRO ALBERTO LUQUE, en su condición de Defensores Privados, contra la decisión dictada en fecha 08 de junio de 2017, por el Tribunal Militar Décimo Tercero de Control con sede en La Fría, estado Táchira, mediante la cual declaró sin lugar la aprehensión en Flagrancia; con lugar el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; sin lugar la medida de privación judicial preventiva de libertad peticionada por el Fiscal Militar y con lugar las medidas cautelares sustitutivas de libertad de conformidad con lo dispuesto en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 242 ejusdem, a los imputados CAPITÁN MARCEL CALIXTO RANGEL PIÑANGO; TENIENTE LARRY PAUL GONZÁLEZ GARCÍA, presuntamente incursos en la comisión de los delitos militares de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 ordinal 1°; DESOBEDIE.....