Este Juzgado Cuarto (4°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución, Laboral, Sede Ciudad Bolívar, en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA en este acto el envió de la presente causa al archivo judicial en la oportunidad que el mismo indique según el cronograma vigente y de conformidad con las pautas señaladas en el instructivo remitido y previo cumplimiento de las formalidades administrativas en el libro de registro y control llevado por este tribunal. Remítase al archivo judicial. Así se decide.