Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana Zulma Cecilia Ponce Bracho, ya identificada, en contra del ciudadano Carlos Rafael Aponte Riera, ya identificado, en consecuencia se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha diez (10) de septiembre de 2005, ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, del Municipio Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio está asentada en el libro de Registro Civil de Matrimonio bajo el Nº 148 .