Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 177, parágrafo segundo, literal "e", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 22 ejusdem, CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE a la adolescente identidad omitida de conformidad al articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la niña identidad omitida de conformidad al articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de quince (15) y diez (10) años de edad respectivamente, para que viaje a Miami, Estado de Florida de los Estados Unidos de Norte América, saliendo el 09 de Septiembre de 2.012 y regresando nuevamente a Venezuela el día 22 de Septiembre de .....