En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la  Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
 
SIN LUGAR  la demanda por cobro de Beneficios Laborales intentada por los ciudadanos  Arias Juan Ramón, Gutiérrez Julio José, Heredia Pineda  Rafael, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.197.875, 11.078.936 Y 7.415.379 respectivamente,  contra la Alcaldía del Municipio Simón Planas.