DECLARO INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada REINA MAITA GONZÁLEZ, defensora pública del ciudadano FRANKLIN MARÍN (INDOCUMENTADO) contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo Quinto de Control con sede en Maturín, de fecha 04 de junio de 2013, en la que decretó la privación judicial preventiva de libertad de su representado, por estar presuntamente incurso en el delito de Violación de Zona de Seguridad, previsto en el artículo 47 y sancionado en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, todo conforme al artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.