Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de abril de 2013, por el abogado Emilio Betancourt Zubillaga, en su condición de apoderado judicial de los codemandados, Jesús Manuel Parra Duque y Charles Bladimir Molina Mora; SE DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de abril de 2013, por la abogada Noreli Lucia Terán Verde, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ambos contra el auto dictado en fecha 5 de abril de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del estado Lara, en el juicio por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, seguido por el ciudadano Luís Enrique Quiceno Ruiz, contra los ciudadanos Jesús Manuel Parra Duque, Charles Bladimir Molina Mora y la empresa Seguros Caracas, C.A. Quedó asi CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas a los apelantes.