Se dictó decisión, mediante la cual se ordenó la Declinatoria de Competencia de la presente causa al Tribunal de Control de Guardia (penal ordinario) del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, ello en virtud que el Ministerio Público precalifico los hechos en el tipo penal de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 407 en relación con el articulo 80 del Código Penal, tipo penal este que no corresponde conocer a este Tribunal Especializado, de conformidad con lo establecido en el articulo 118 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.