DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Militar Quinto de Control, siendo competente por la materia, según lo prevé el artículo 261 de la Constitución Nacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la aprehensión en Flagrancia de los ciudadanos CAP. MARCEL CALIXTO RANGEL PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° V-17.716.344, plaza del 251 Batallón de Infantería Mecanizada "Cnel. Cornelio Muñoz Silva; CAP. ARNOLDO JOSÉ MORENO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.215.876, plaza de la 93 Brigada de Caribes; TTE. LARRY PAUL GONZÁLEZ GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-20.655.141; S/1. BASABE CHOURIO JESÚS, titular de la cédula de identidad N° V-16.990.249, plaza de la 93 Brigada de Caribes., por la comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo .....