Por las razones antes expuestas, esta Corte Marcial, actuando como Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Militar con Competencia Nacional y sede en Caracas, Distrito Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Mayor THIELEN JOSÉ BELLORÍN CAMPOS, en su carácter de Fiscal Militar Cuadragésimo Tercero con Competencia Nacional. SEGUNDO: Se ANULA a petición de parte, la decisión dictada en audiencia de presentación por el Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control con sede en Ciudad Bolívar, estado Bolívar, en fecha 06 de abril de 2015 y publicada en la misma fecha, mediante la cual negó la solicitud de privación judicial preventiva de libertad del ciudadano Sargento Ayudante OSCAR EDUARDO CHACÓN VIVAS y otorgó Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad establecidas en el artículo 242, numerales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, por enc.....