-III-
DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARIA MARGARITA CASTRO DE VERDIA y MANUEL VERDIA FELIPEZ, quienes son de nacionalidad venezolana la primera y española el segundo, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.307.901 y E-81.228.258, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Juzgado Tercero de Parroquia del Departamento Libertador del Distrito Federal (Hoy Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), en fecha 23 de diciembre de 1983, según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 579, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Expídanse copias certificadas de l.....