En fecha 08/06/2011, se cumple parcialmente la Comisión en la siguiente dirección: Calle 61 Esquina Carrera 12 Casa N° 60-75, Barquisimeto. Ya en la dirección indicada, luego de expresar el Tribunal su misión a las personas de la casa, se negaron a identificarse y no permitieron el acceso del Tribunal al inmueble, el Tribunal hace uso de la facultad contenida en el Artículo 591 del C.P.C., designando y juramentado Cerrajero a José Ignacio Aldazoro Camargo. Aperturada la puerta de acceso, a pesar de negarse a identificarse, aún así el Juez explanó el motivo de su actuación, se limitaron a decir que Fernando Castillo estaba para Barinas, pero el vehículo objeto de la medida si estaba en la casa. Se juramenta a Perito y Depositario. El Tribunal asistido del práctico procede a identificar el vehículo, el Tribunal ya identificado éste, declara que concuerda perfectamente con el mismo. El Tribunal hace formal entrega a la parte actora de dicho vehículo, disponiendo su traslado. La parte acto.....