Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección del Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA la decisión de fecha 17 de Diciembre de 2008, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y se REPONE la causa al estado que un Tribunal competente se pronuncie sobre la oposición que hiciera la parte demandada en el escrito de fecha 16 de septiembre de 2008 que riela a los folios del 52 al 61, en el juicio que por RENDICION DE CUENTAS es seguido por la sociedad de comercio RESIDENCIAS GRAND PALMS, C.A. contra el ciudadano DOMINGO GARCIA ARMAS, todo ello de conformidad con las disposiciones legales, y doctrinarias citadas y los artículos 12, 242 y 24.....