Por las razones antes expuestas. ESTE TRIBUNAL MILITAR PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 64 (último aparte), 479 y 532, todos del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por mandato expreso de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar. EJECUTÓ LA REFERIDA SENTENCIA CONDENATORIA QUEDANDO DE ESTA MANERA DEFINITIVAMENTE FIRME Y EJECUTORIADA LA PRESENTE DECISIÓN, dictada por el Tribunal Militar Primero de Juicio de Caracas, en fecha 11 de Octubre de 2005 y confirmada por la Corte Marcial en función de Corte de Apelaciones, según se desprende del auto de fecha 16 de Noviembre de 2005, en virtud de haberse declarado sin lugar el recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana abogada RAIZA V. TORRES DURAN, defensora del penado Sargento Segundo (EJ) JULIO CESAR GARCIA ROMERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14. 528.23.....