Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide PRIMERO: DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO, a favor del ciudadano Freddy Rafael Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.955.742 consistente en DOS (02) MESES, CUATRO (04) DÍAS de cumplimiento de pena por trabajo, realizados en el Departamento de Procesados Militares, ubicado en la población de Santa Ana, Estado Táchira, y avalado por la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 155 del Código Orgánico Penitenciario, en concordancia con lo previsto en los artículos 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Notifíquese a las partes del contenido del presente auto. Agréguese Copia Certificada en el Copiador de Autos respectivo. LA JUEZ MILITAR, (FDO) ABOGADO DIA.....