Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 23 de febrero de 2007
SEGUNDO: CON LUGAR la adhesión a la apelación interpuesta por la parte demandada.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia se condena a la parte demandada C.B. Cimientos BYA S.A a pagar al actor: la Indemnización por Despido Injustificado e Indemnización por Preaviso Omitido, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fallo, en los términos establecidos en la parte motiva de esta sentencia; a pagar además las cantidades de Bs. 4.188.767,10, por concepto de diferencia de prestación por antigüedad, y las cantidades de Bs. 224.659,.....