Con fundamento a todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Décimo de Control en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de flagrancia en la detención del ciudadano RICHARDS FLOREZ ASCANIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.167.463. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de Medidas Cautelares Sustitutivas formulada por el Abogado Defensor, por cuanto considera este Despacho, que existe un hecho punible que merece pena privativa de libertad y no se encuentra prescrito, aunado a que no están dadas las circunstancias para concederle a su defendido la Libertad o Medidas Cautelares Sustitutivas, visto que existen fundados elementos de convicción para estimar que el imputado es autor o partícipe en la comisión del hecho punible que se investiga, y se presume la obstaculización de la búsqueda de la verdad en la presente investigación, aunado al hecho de la cercanía de nuestro Est.....