DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR  la demanda intentada  por  la   ciudadana: GLORIA  MARLEN OIRDOBRO PEREZ, representada  por  el     Abogado LEONARDO JOSE  NEGRETTE  SOTO, contra el ciudadano SANTIAGO  CAMACHO, representada por la Abogada Beatriz  Rodríguez,  en su carácter  de  Defensor  Ad-litem, todos plenamente identificados en autos.  En consecuencia, se condena el desalojo del inmueble donde funciona el Taller Mecánico, latonería y Pintura, ubicado en  la carrera 13 entre calles 40 y 41, Nro. 40-57 de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara ;ara por haber incumplido con el pago de los cánones de arrendamiento. Igualmente se condena al demandado a pagar la cantidad de  CIENTO VEINTE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 120,oo) por cada mes, los cuales se corresponden con los meses de AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE D.....