Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26, 27, 30, 394, 396, 399 y 401 B de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR, LA COLOCACIÓN FAMILIAR planteada por la ciudadana GLORYA DEL CARMEN SIRA, identificada en autos, en beneficio de la adolescente MARIA CELESTE, en contra de la ciudadana YAZMIN CAROLINA CAMACARO CAMACARO, antes identificados