Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONFIRMADA la decisión de fecha 25 de Febrero de 2010, la cual riela a los folios 22 al 25, recaída en el juicio que por ESTIMACION e INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES que sigue el abogado ROGER ELIAS HURTADO RAMOS contra la ciudadana MIRIAN MARADEY de Sciacca, todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias, jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia se declara: SIN LUGAR la apelación de fecha 03/03/2010, ejercida por el abogado RICHARD SIERRA y que luego ratificó en fecha 06/04/2010, actuando en nombre y representación de la ciudadana MIRIAN MARADEY DE SCIAC.....