Se declara: Sin Lugar la apelación incoada por el Abogado Manuel Alberto Camacho, actuando en su condición de Defensor Público Penal Segundo de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, procediendo en asistencia del ciudadano acusado Richard Alberto Rivera Natera; tal impugnación ejercida a objeto de refutar la sentencia definitiva emitida por el Juzgado Quinto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, dictada en fecha 10 de Agosto del año 2.006, y publicada in extenso en fecha 27 de Septiembre de 2006; y mediante la cual se condenase al ciudadano acusado en mención a cumplir la pena de Doce (12) Años de Presidio, atribuyéndole la comisión del ilícito de Homicidio Intencional en Grado de Dolo Eventual, en detrimento de la humanidad de José Gabriel Salazar Bolívar. En consecuencia, queda Confirmada la sentencia recurrida otrora descrita.-